#SeguridadSocial Normativa ANSES PREV-19-11-2019 Verificaciones a Organismos Públicos Nacionales, Provinciales, Municipales y/o de otras jurisdicciones que utilicen Sistema GDE - Vigencia: 06/09/2019

Establecer el procedimiento a seguir por la Dirección de verificaciones para la ejecución de las verificaciones en lo referente a servicios, carácter de las tareas y/o remuneraciones, relacionadas con las prestaciones que otorga esta Administración Nacional o en el marco del cumplimiento de una sentencia judicial y cuando las mismas deban ser direccionadas a Organismos Públicos Nacionales Provinciales, Municipales y/o de otras jurisdicciones que utilicen el Sistema GDE. 
En el marco del plan de modernización del estado, y considerando los criterios establecidos por la Ley Nº 25.506, la cual establece el valor jurídico del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital y en su artículo 48º dispone que el Estado Nacional  dentro de las Jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156 promoverá el uso masivo de la firma digital, de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización. 
Por su parte, el Decreto Nº 561/16, aprueba la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional. Dicho sistema actuará como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.  
Es necesario entonces unificar el sistema de gestión documental mediante el uso compartido de un mismo sistema que permita la tramitación integral en formato electrónico, pases entre organismos y accesos remotos, reemplazando el uso del papel. 
En este orden de ideas, para aquellos casos en los que la probatoria de servicios estipule que debe realizarse una verificación de servicios, carácter de las tareas y/o remuneraciones tanto en Organismos Públicos Nacionales (Administración Central, Organismos Descentralizados, Entidades Autárquicas, Empresas y/o Sociedades del Estado), como en Organismos Provinciales y/o Municipales, o de cualquier otra jurisdicción que utilicen el Sistema Gestión Documental Electrónica (GDE) con firma digital, tendrán que remitir a través de dicho sistema la documentación necesaria para la compulsa.  
Para ello, cada jurisdicción y/u organismo/s determinará/n quién/es es/serán el/los responsable/s de derivar la documentación e informará a ésta ANSES, a fin de que se realice un registro de los mismos como de las autoridades autorizadas a remitir documentación y/o firmar digitalmente las actas de verificaciones. 
En este orden de ideas, todos los organismos deberán gestionar un usuario en el Sistema GDE, de acuerdo a la normativa vigente de la Secretaria de Modernización del Estado. 
En caso de utilizarse esta opción, la verificación se realizará en base a la documentación remitida por GDE, sin que sea necesario constatarla en la sede del organismo de que se trate.  
Asimismo, cuando ANSES lo estime necesario, podrá realizar las verificaciones en la sede del organismo empleador, de acuerdo a las normas que rigen las verificaciones para acreditación de servicios, carácter y/o remuneraciones. 
La recepción de la documentación estará a cargo de la Coordinación de Planificación de Verificaciones dependiente de la Dirección de Verificaciones y de la Dirección General de Prestaciones. 
Las pautas para confeccionar los formularios OP.3.3 Acta de Verificaciones de Servicios, Carácter y/o Remuneraciones, serán las contenidas en el Anexo I de la PREV-19-06 respectivamente o la que en el futuro la reemplace.  
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