Por la presente se normatiza el procedimiento a aplicar ante la recepción de reclamos de Repago de retroactivos originados en la Liquidación de un reajuste de Sentencia Judicial o un retroactivo de un Primero Pago por Sentencia Judicial.
El presente circuito establece los pasos a seguir en aquellos casos en que resultan impagos los retroactivos por Reajuste de Haberes y Primeros Pagos por Sentencias Judiciales.
Las solicitudes de repago podrán ser realizadas en la Dirección Gestión de Sentencias Judiciales - Coordinación Atención al Público y Archivo o las UDAI/Oficinas.
Se deberá caratular una actuación Tipo de Trámite 155 (Repago de Retroactivo Sentencia Judicial) asociada con el expediente de causa judicial y el beneficio, según se detalla:
- La Dirección Gestión de Sentencias Judiciales - Coordinación Atención al Público y Archivo deberá caratular una actuación Tipo de Trámite 155 en estado 15 (para Cómputos y Liquidaciones).
- UDAI/Oficinas deberán caratular una actuación Tipo de Trámite 155 en estado 67 (A Liquidación).
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