#SeguridadSocial Jurisprudencia 2005 INVERARDI, ELDA BELKYS c/ CAJA DE PREVISION SOCIAL DE LOS AGENTES CIVILES DEL ESTADO s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD - APELACION (EXPTE.: C.S.J. NRO. 439 AÑO 2004) - Tribunal origen: SALA PRIMERA DE LA CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE SANTA FE - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE, SANTA FE - CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS AGENTES CIVILES DEL ESTADO, anticipos previsionales, edad avanzada, prescripción decenal 21/09/2005

Si bien se encuentran cumplidas las exigencias estrictamente formales establecidas en la ley 7055, el recurso de inconstitucionalidad no ha de prosperar toda vez que no se advierte falta de razonabilidad en la respuesta jurisdiccional brindada por el A quo a la hora de abordar el reconocimiento del carácter de afiliada de la apelante y el consecuente beneficio de anticipo del seguro por edad avanzada, y sostener que aquél resultaba improcedente por cuanto la circunstancia de que se le hubiesen practicado retenciones en su haber jubilatorio no resultaba suficiente para conferirle el rol de afiliada que sólo puede derivar del cumplimiento de las exigencias legales impuestas a tal fin.

Y que, no obstante la conclusión alcanzada, al examinar el agravio subsidiario relacionado con la cuantía del reintegro de los aportes que la Caja circunscribe a los de los últimos diez años y que la recurrente reclamara en su integralidad-, afirmar que el planteo se ajustaba a derecho, toda vez que convalidar el criterio del ente implicaría aceptar un enriquecimiento sin causa y de su parte con aportes mal retenidos y no reintegrados, en cuantía, tiempo y forma, y ello así desde que "cada retención mensual implicaba un acto interruptivo del curso de la prescripción liberatoria en los términos del artículo 3989 del Código Civil"
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