MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 828/2024
RESOL-2024-828-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires,
30/08/2024
Visto el expediente
EX-2024-91536764-APN-DGDA#MEC, la ley 27.742, los decretos 749 del 22 de agosto
de 2024 y 764 del 27 de agosto de 2024, la resolución 814 del 27 de agosto de
2024 del Ministerio de Economía (RESOL-2024-814-APN-MEC), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Título
VII de la ley 27.742 se creó el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones
(RIGI), el cual tiene por finalidades, entre otras, incentivar las Grandes
Inversiones nacionales y extranjeras en la República Argentina a fin de garantizar
la prosperidad del país, promover el desarrollo económico, desarrollar y
fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos, incrementar
las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior comprendidas en las
actividades desarrolladas en el RIGI y favorecer la creación de empleo (cf.,
artículos 165 y 166 de la ley 27.742).
Que en el artículo 122 de
la Reglamentación del Título VII - Régimen de Incentivo para Grandes
Inversiones (RIGI) de la ley 27.742, aprobada por el decreto 749 del 22 de
agosto de 2024, se estableció que la Autoridad de Aplicación del RIGI es el
Ministerio de Economía.
Que en el artículo 123 de
la citada reglamentación se dispone que el Ministerio de Economía deberá
conformar un Comité Evaluador de Proyectos que evaluará las solicitudes de
adhesión al RIGI y los planes de inversión presentados por los Vehículos de
Proyecto Único (VPU).
Que a través del artículo
1° de la resolución 814 del 27 de agosto de 2024 del Ministerio de Economía
(RESOL-2024-814-APN-MEC) se creó el Comité Evaluador de Proyectos RIGI, el cual
tendrá a su cargo la evaluación final de las solicitudes de adhesión al RIGI y
los planes de inversión presentados por los Vehículos de Proyecto Único (VPU).
Que se estima conveniente
modificar el artículo 1° de la referida resolución e incluir en dicho Comité
Evaluador de Proyectos RIGI al titular de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva
de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que, asimismo, mediante
el artículo 3° del decreto 764/2024 se sustituyó del Anexo I -Organigrama de
Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del decreto 50 del 19 de diciembre
de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, Ministerio de Economía.
Que a través del citado
decreto se incorporó a la estructura organizativa de este ministerio a la
Secretaría de Coordinación de Energía y Minería, estableciendo entre sus
objetivos asistir al Ministro en la aplicación del Título VII – Régimen de
Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) de la ley 27.742, en el ámbito de su
competencia, así como coordinar la aplicación del Título VII - Régimen de
Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) de la ley 27.742, en el ámbito de la
Jurisdicción.
Que por ello, resulta
necesario modificar el artículo 2° de la citada resolución 814/2024 del
Ministerio de Economía (RESOL-2024-814-APN-MEC), disponiendo que la referida
Secretaría de Coordinación de Energía y Minería actuará como Unidad de
Coordinación RIGI.
Que el servicio jurídico
permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta
en virtud de las facultades previstas en el decreto 749/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese
el segundo párrafo del artículo 1° de la resolución 814 del 27 de agosto de
2024 del Ministerio de Economía (RESOL-2024-814-APN-MEC) por el siguiente:
“El Comité Evaluador de
Proyectos RIGI estará integrado por el titular de la Vicejefatura de Gabinete
Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el titular de la
Secretaría de Planeamiento Estratégico Normativo de la Presidencia de la Nación
y por los titulares de las Secretarías de Coordinación de Energía y Minería, de
Producción y de Infraestructura, y de las Secretarías de Finanzas, de Hacienda
y Legal y Administrativa, todas del Ministerio de Economía”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese
el primer párrafo del artículo 2° de la resolución 814/2024 del Ministerio de
Economía (RESOL-2024-814-APN-MEC) por el siguiente:
“La Secretaría de
Coordinación de Energía y Minería actuará como Unidad de Coordinación RIGI”.
ARTÍCULO 3°.- La presente
medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.-
Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
Luis Andres Caputo
e. 03/09/2024
N° 59580/24 v. 03/09/2024
Fecha de publicación
03/09/2024