#SeguridadSocial #asignacionesfamiliares Régimen de compatibilidades para la percepción de asignaciones familiares de los monotributistas #Normativa #Resolución E 169/2017 ANSES
Establecese que, cuando uno de los integrantes del grupo familiar se encuentre dentro del subsistema instituido en el articulo 1°, inciso a’), de la ley n° 24.714 -siempre que no tribute en la categoria i o superior, a excepcion de la asignacion por hijo con discapacidad-, y el otro se encuentre incluido en el regimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, establecido por la ley n° 26.844, o en el registro nacional de efectores de desarrollo local y economia social del ministerio de desarrollo social, las asignaciones familiares seran percibidas por el titular incluido en las previsiones del articulo 1°, inciso a’) de la ley n° 24.714.
Establecese que, cuando uno de los integrantes del grupo familiar se encuentre dentro del subsistema instituido en el articulo 1°, inciso a’), de la ley n° 24.714 -siempre que no tribute en la categoria i o superior, a excepcion de la asignacion por hijo con discapacidad-, y el otro se encuentre incluido en el regimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, establecido por la ley n° 26.844, o en el registro nacional de efectores de desarrollo local y economia social del ministerio de desarrollo social, las asignaciones familiares seran percibidas por el titular incluido en las previsiones del articulo 1°, inciso a’) de la ley n° 24.714.
Res 169-17 Anses by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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