RESOLUCION 115/2013-Ministerio de
Trabajo-Empleo - Planes de Promoción, Preservación y Regularización del Empleo
-- Sumas otrogados a los beneficiarios -- Norma complementaria de los dec.
3379/2008, 1738/2010 y 2978/2010.-16/10/2013
VISTO el Decreto Nº 3.379/08 y su
modificatorio N° 824/11 que crea el "Plan de Promoción, Preservación y
Regularización del Empleo"; el Decreto N° 1.738/10 y su modificatorio N°
824/11, que crea el "Programa de Apoyo a la Capacitación en la
Empresa" y el Decreto N° 2.978/10 y sus modificatorios N° 824/11 y N°
101/12, que crea el "Programa de Igualdad de Oportunidades Laborales en el
Ámbito Público Municipal", y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado del
Decreto la Provincia de Buenos Aires puso en marcha un plan de empleo destinado
a llevar adelante los siguientes objetivos: favorecer la inserción laboral de
los grupos más vulnerables de la población económicamente activa de la
Provincia de Buenos Aires, acompañar y sostener la generación de nuevos puestos
de trabajo en aquellos sectores económicos y regiones geográficas consideradas
estratégicas por el Gobierno Provincial, aumentar las condiciones de
empleabilidad de las personas a emplearse incentivando la capacitación en la
empresa, preservar los puestos de aquellos trabajadores que prestan su labor en
sectores y áreas geográficas que se encuentren en situación de crisis y
estimular el trabajo decente a través de la regularización del empleo no
registrado;
Que a los efectos de cumplir con
los objetivos propuestos, y favorecer la inserción de la población
económicamente activa de la Provincia de Buenos Aires en el mercado laboral;
Que el Decreto Nº 3.379/08, prevé
una suma equivalente hasta el cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo,
Vital y Móvil;
Que resulta oportuno y
conveniente fijar los montos destinados a subsidiar parte de la remuneración
mensual de los trabajadores alcanzados por los programas y teniendo en cuenta
la necesidad de incitar a incluir a los grupos más vulnerables;
Que la presente medida se dicta
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23 de la Ley N° 13.757 y
el artículo 5° de los Decretos N° 3.379/08 y N° 2.978/10;
Por ello,
El Ministro de Trabajo de la
Provincia de Buenos Aires resuelve:
Art. 1° - Establecer que las
sumas a otorgar a través de los Planes de Promoción, Preservación y
Regularización del Empleo, regulados por los Decretos N° 3.379/08 y sus
modificatorios, N° 1.738/10 y N° 2.978/10 y modificatorios, serán los
siguientes:
Suma a beneficiarios en general,
Pesos un mil ciento cincuenta ($ 1.150).
Suma a beneficiarios registradas
en la Red Federal de Empleo, Pesos un mil cuatrocientos ($ 1.400).
Suma a beneficiarios con
discapacidad, Pesos un mil seiscientos cincuenta ($ 1.650).
Art. 2° - Determinar que los
montos establecidos en el artículo primero serán aplicados a partir del 1° de
septiembre de 2013.
Art. 3° - Registrar, etc. -
Cuartango.