#SeguridadSocial #obrasocial cambio de obra social #Jurisprudencia #Fallo Marmo, Mario Antonio c/ Obra Social para el Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación s/ Amparo de salud.

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SENTENCIA: Sala 02, CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Magistrados: GUARINONI - GUSMAN - MEDINA 5/2/16

Los interesados están afiliados al Plan Verde de la Unión Personal, desde el año 2002 y que la solicitud de cambio se debió especialmente a los requerimientos propios del estado de salud del actor -quien actualmente cuenta con 83 años de edad y estuvo acompañada del ofrecimiento de abonar el valor de la cuota que se cobra a otros asociados al Plan 310, al que pretenden acceder. Lo expresado, a la luz de lo dispuesto por el art. 11 de la ley 26.682, en el sentido de que la edad no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión, sella en nuestro criterio la suerte adversa de la apelación que se examina.








publicado en Id SAIJ: FA16030005



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