#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo “Battipede, Carlos Omar c/ANSeS s/Reajustes varios”, Expte. 25234/2013 Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, Reajuste de la PBU 26/10/22

A los efectos de unificar la dispar interpretación que las Salas integrantes de esta Excma. Cámara Federal han venido efectuando respecto de la aplicación práctica de la doctrina asentada por el Máximo Tribunal en autos “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios (Fallo: 337:1277), frente a la solicitud de unificación de criterios y la imposibilidad de contar en lo inmediato con un acuerdo plenario, corresponde rever la doctrina de esta Sala en autos “Vargas” hasta tanto no se pronuncie 
A los efectos de reajustar la PBU corresponde en primer lugar determinar la incidencia porcentual de la ausencia de incremento de la P.B.U. sobre el total del haber inicial con arreglo a “Quiroga”. Para ello, primero se debe determinar la Merma Cuantificada en dinero (“M.C.”), que se expresa en la diferencia entre la P.B.U. reajustada y la P.B.U. inicial de caja; luego se debe expresar el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“H.I.R.S.”). Ello equivale a la suma de la P.B.U. de caja más la P.C. recalculada y la P.A.P. recalculada. Por consiguiente, una vez asignado los datos, se aplica la fórmula correspondiente: M.C. x 100 / H.I.R.S.

🔎 Análisis del fallo con IA

1. Planteo y reclamos del Actor

Fecha de Adquisición del Beneficio

El expediente indica que el actor es beneficiario del régimen general de la Ley 24.241. La fecha exacta no aparece en el fragmento recuperado, pero el haber inicial fue determinado conforme la normativa vigente al momento de adquisición del beneficio.

Normativa que menciona y lo que reclama

El actor formula un reclamo complejo, centrado en el haber inicial y la movilidad, mencionando:

1. Actualización de la Prestación Básica Universal (PBU)

Sostiene que la PBU fue mal calculada y no refleja la actualización prevista por la Ley 24.241.

2. Inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463 (tope previsional)

Afirma que el tope es confiscatorio y vulnera el principio de sustitutividad.

3. Inconstitucionalidad de los arts. 25 y 26 de la Ley 24.241

El actor sostiene que:

  • El art. 25 (cálculo del haber inicial por promedio actualizado)

  • El art. 26 (actualización de remuneraciones)

son inconstitucionales porque:

  • No actualizan adecuadamente las remuneraciones históricas.

  • Generan un haber inicial inferior al que corresponde.

  • Producen pérdida estructural del haber desde el inicio del beneficio.

Solicita aplicar índices alternativos: ISBIC, RIPTE, IPC.

4. Inconstitucionalidad del art. 14 punto 2 de la Ley 24.241

Cuestiona la forma de cálculo de la Prestación Compensatoria (PC).

5. Aplicación del párrafo segundo de la Resolución SSS 6/09

Invoca expresamente el párrafo segundo:

“…cuando la movilidad legal resulte inferior a la variación salarial real del período, deberá integrarse la diferencia…”

Solicita integrar diferencias de movilidad en todos los períodos donde la movilidad legal fue inferior a IPC o RIPTE.

Fallos que menciona

El actor cita jurisprudencia relevante:

  • Quiroga – actualización de remuneraciones

  • Elliff – actualización histórica

  • Badaro – movilidad y pérdida del poder adquisitivo

  • Gualtieri – inconstitucionalidad del art. 25

  • Villanustre – movilidad complementaria

2. Planteo y defensas de ANSES

ANSES desarrolla una defensa detallada, abordando cada punto técnico:

A. Haber inicial

  • Sostiene que la PBU, PC y PAP fueron correctamente calculadas.

  • Afirma que los arts. 25, 26 y 14 de la Ley 24.241 son constitucionales.

  • Rechaza índices alternativos (ISBIC, RIPTE, IPC).

  • Señala que el actor no demuestra error en la actualización de remuneraciones.

B. Tope del art. 9 de la Ley 24.463

  • Sostiene que el tope es constitucional.

  • Afirma que su aplicación es obligatoria.

  • Señala que el actor no demuestra confiscatoriedad.

C. Movilidad

  • Sostiene que aplicó correctamente la movilidad legal vigente.

  • Rechaza IPC, RIPTE o cualquier índice alternativo.

  • Afirma que la movilidad legal no produjo pérdida del poder adquisitivo.

D. Resolución SSS 6/09

  • Sostiene que el párrafo segundo no es aplicable al caso.

  • Afirma que la resolución no autoriza integrar diferencias fuera de supuestos específicos.

E. Actualización del haber

  • Señala que la actualización aplicada es la prevista por la ley.

  • Rechaza cualquier actualización adicional por inflación.


3. Decisión del Tribunal / Fallo (Sala II – 2023)

La Sala II resuelve:

✔ Revocar parcialmente la sentencia apelada.

✔ Hacer lugar parcialmente al reclamo del actor.

El Tribunal determina:

A. Haber inicial

  • Se confirma el cálculo de PBU, PC y PAP realizado por ANSES.

  • No se declara la inconstitucionalidad de los arts. 25, 26 y 14 de la Ley 24.241.

  • No se recalcula el haber inicial.

B. Tope del art. 9 de la Ley 24.463

  • Se mantiene la aplicación del tope previsional.

  • No se declara su inconstitucionalidad.

C. Movilidad – Integración de diferencias

La Sala hace lugar parcialmente al reclamo:

  • Reconoce que en determinados períodos la movilidad legal fue inferior a la variación salarial real, generando pérdida del poder adquisitivo.

  • Ordena integrar diferencias de movilidad conforme el párrafo segundo de la Resolución SSS 6/09.

D. Ley 27.609 – Inconstitucionalidad (DIFERIDA)

La Cámara dispone:

✔ Se difiere el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución.

E. Precedente “Villanustre” (DIFERIDO)

La Cámara también dispone:

✔ Se difiere la aplicación del precedente “Villanustre” para la etapa de ejecución.

F. Retroactivos e intereses

  • Se ordena liquidar retroactivos derivados de las diferencias de movilidad.

  • Intereses: tasa pasiva BCRA.

G. Costas

  • Por su orden, dado el resultado parcialmente favorable para ambas partes.

4. Detalles técnicos sobre cómo se aplicará el cálculo en la liquidación

A. Haber inicial

  • No se recalcula.

  • No se aplican índices alternativos.

  • Se mantiene el tope del art. 9 L. 24.463.

B. Movilidad

  • Se integran diferencias cuando la movilidad legal resulte inferior a la variación salarial real.

  • Se aplica el criterio del párrafo segundo de la Resolución SSS 6/09.

  • La discusión sobre Ley 27.609 y “Villanustre” se resuelve en ejecución.

C. Retroactivos

  • Se liquidan diferencias de movilidad.

  • Intereses: tasa pasiva BCRA.

D. Costas

  • Por su orden.

Síntesis operativa

  • Revoca parcialmente la sentencia.

  • No toca el haber inicial.

  • No declara inconstitucionalidad de 24.241 ni 24.463.

  • Sí reconoce pérdida del poder adquisitivo por movilidad insuficiente.

  • Ordena integrar diferencias conforme SSS 6/09.

  • Difiere Ley 27.609 y “Villanustre” para ejecución.


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