RESOLUCION 116/2013- Ministerio de Trabajo Pcia BA-Servicio doméstico-Programa de
Regularización del Personal de Casas Particulares EMPECEMOS POR CASA -Norma complementaria de la ley 26.844.-16/10/2013
VISTO la Ley Nacional Nº 26.844
que estableció el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de
Casas Particulares, y
CONSIDERANDO:
Que las trabajadoras y
trabajadores de casas particulares han sido por mucho tiempo un sector excluido
de protección social y laboral;
Que la invisibilidad de las
tareas que realizan, su desorganización y desmovilización, y la subestimación
social de su trabajo son algunas de las múltiples causas de la situación de
precariedad laboral que vive este sector;
Que consecuentemente, se
enfrentan a un alto grado de informalismo, baja paga y malas condiciones
laborales, bajo nivel de profesionalización y poca capacitación;
Que ante esta realidad el
Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires ha venido realizando
acciones de concientización en el marco del Decreto Ley N° 326/56 y sus
modificatorias, a fin de mejorar las condiciones laborales del sector;
Que en marzo del presente año se
sancionó la Ley Nacional N° 26.844 que coloca en un pie de igualdad al personal
de casas particulares con la población ocupacional amparada en las
disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744;
Que en mérito de lo expuesto y
persuadidos que el trabajo registrado dignifica a las personas, deviene
oportuna la implementación de un programa de empleo que tenga por objeto la
valorización social y la regularización laboral del trabajo en casas
particulares como principal herramienta de inclusión social;
Que el mentado programa es una
iniciativa destinada tanto a trabajadoras, trabajadores y empleadores de casas
particulares con el propósito de impulsar la concientización de todos los
actores del sector acerca de los beneficios de desempeñar un trabajo en un
marco legal y decente;
Que a estos fines desde la
Subsecretaría de Empleo de esta Cartera Ministerial se instituye este programa
para informar y capacitar a las partes de la relación laboral sobre los
derechos, obligaciones y beneficios que la registración conlleva, el amparo de
un sistema de seguridad social con la consiguiente cobertura de una obra social
y los beneficios jubilatorios, con el propósito de aumentar el índice de
registración laboral en el sector;
Que asimismo el presente programa
se crea para promover la profesionalización de la actividad a través de la
formación laboral de los trabajadores y trabajadoras de casas particulares;
Que ante la subestimación social
de esta actividad, el programa busca a su vez impulsar acciones de
concientización social dirigidas a la comunidad en general;
Que el trabajo en casas
particulares es una ocupación feminizada, siendo que la mayoría de las personas
que desarrollan esta actividad son mujeres, motivo por el cual este programa
pretende impulsar paralelamente actividades tendientes al abordaje de las
cuestiones de género que involucran al sector;
Que la presente medida se dicta
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23 de la Ley Nº 13.757;
Por ello,
El Ministro de Trabajo de la
Provincia de Buenos Aires resuelve:
Art. 1º - Aprobar el Programa de
Regularización del Personal de Casas Particulares EMPECEMOS POR CASA en la
Subsecretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, que tendrá por objeto
fomentar la valorización social y la regularización laboral del trabajo en
casas particulares en la Provincia de Buenos Aires.
Art. 2º - EL PROGRAMA EMPECEMOS
POR CASA tendrá los siguientes objetivos específicos:
1. Impulsar el aumento del nivel
de registración laboral del sector;
2. Favorecer el posicionamiento
de los trabajadores y trabajadoras con conocimiento de sus derechos y
obligaciones en el marco de la norma que regula la actividad;
3. Incentivar la
profesionalización de las tareas desarrolladas por los empleados/as;
4. Estimular la reflexión sobre
el impacto del género en esta labor;
5. Promover la concientización
sobre el valor del trabajo en casas particulares en la comunidad en general;
6. Propiciar la generación de
mejores condiciones de trabajo decente para el personal de casas particulares;
Art. 3º - El PROGRAMA EMPECEMOS
POR CASA se implementará a través de la ejecución de proyectos enmarcados en
las siguientes líneas de acción:
1. Capacitaciones.
2. Campañas de Concientización
Social.
3. Formación Laboral.
4. Asesoramiento Legal y Técnico.
Art. 4º - El Programa que se
aprueba por el artículo 1º de la presente estará a cargo de un Coordinador/a,
quien será responsable de la formulación, implementación y evaluación de las
actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos previamente
planteados.
Art. 5º - Asignar la función de
Coordinadora del PROGRAMA EMPECEMOS POR CASA, a la agente Magdalena ZURITA,
D.N.I. N° 32.260.218, Legajo personal N° 601.674.
Art. 6º - Las funciones que por
los artículos precedentes se asignan no generarán erogación presupuestaria
adicional alguna.
Art. 7º - La SUBSECRETARÍA DE
EMPLEO dictará las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias y de
aplicación necesarias para la implementación del PROGRAMA EMPECEMOS POR CASA, y
estará facultada para suscribir los convenios operativos que sean necesarios
para su instrumentación.
Art. 8º - Registrar, etc. -
Cuartango.
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