Corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN “Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios” sentencia del 6 de agosto de 2015”), art. 26 de la Ley 24.241 (conf. Fallos: CSJN “Argento Federico Ernesto c/ A.N.Se.S s/ Reajustes Varios” sentencia del 26 de marzo de 2013) y art. 14 apartado 2) de la Resolución SSS 6/09 en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente-.
En cuanto a la aplicación y temporalidad, el fallo establece que habida cuenta que el art. 9 inc. 2) de la Ley 24.463 dispone que la escala de de-ducción resulta aplicable a prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241 y, que la parte actora adquirió su beneficio previsional al cobijo de esta última, el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal.
Jurisprudencia 2022 - NUSSBAUM PATRICIA MONICA c a.N.se.S. s Reajustes Varios by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇


No hay comentarios:
Publicar un comentario