2. Ante la necesidad de emitir una opinión con
aseguramiento razonable o manifestación con aseguramiento limitado sobre el
Balance Social que presente un ente, ¿Cuáles son las normas que resultan
aplicables?
3. Las normas son las que surgen de la Resolución Técnica
N° 7 "Normas de Auditoría", segunda parte, capítulo III. A "Condición básica
para el ejercicio de la auditoría", punto 1, capítulo III.B "Normas para el
desarrollo de la Auditoría", punto 5 "Investigaciones Especiales" y capítulo
III.C "Normas sobre los Informes", punto 44 "Informes Especiales" y las normas
internacionales de auditoría que le resulten aplicables, para el caso de
realizar un servicio profesional en el marco de estas últimas normas.
4. ¿Para poder emitir una opinión sobre el Balance Social,
el auditor deberá aplicar procedimientos de auditoría siguiendo los lineamientos
establecidos para la auditoría de estados contables?
5. Sí. A manera de ejemplos, algunos de los procedimientos
a aplicar relacionados con los indicadores que establece el GRI podrían ser los
siguientes:
Como un elemento de base que resultará útil para todos los
procedimientos, destacamos la necesidad de realizar una adecuada evaluación de
las actividades de control relacionadas con la información que se utilizará en
los indicadores.
a. aspecto desempeño económico;
b. aspecto presencia en el mercado; y
c. aspecto impactos económicos indirectos.
Dicho estado tiene un origen estrictamente contable,
motivo por el cual los procedimientos de auditoría sólo estarán destinados a
verificar que la información que se presenta y que surge de la aplicación de las
normas contables, se expone de una manera diferente.
En particular, los procedimientos tendrán como objetivo
verificar que la nueva apertura incluye todos los conceptos definidos y se
imputan adecuadamente en función de los nuevos conceptos. No se requiere por lo
tanto trabajo de auditoría sobre la información de base porque ya ha sido
auditada, salvo excepciones.
Por ejemplo, en el estado se hace referencia a que los
ingresos están compuestos por la Venta de mercaderías; productos y servicios;
Otros ingresos, Ingresos relativos a la construcción de activos propios y la
Previsión para desvalorización de créditos, por lo que el auditor deberá
verificar que el ente ha compilado la información respectiva, expuesta en
diferentes estados de los estados contables del ente.
El Indicador denominado "Consecuencias financieras y otros
riesgos y oportunidades para las actividades de la organización derivadas del
cambio climático" (EC2) requerirá que el auditor cuente con un profesional
experto por cuanto la información a incluir excede nuestras competencias
profesionales.
a. Informar si el órgano de gobierno de la organización ha
tomado en consideración el cambio climático y los riesgos y oportunidades que
supone para la organización.
b. Informar sobre los riesgos y/o oportunidades que
plantea el cambio climático y que pudieran tener implicaciones financieras
potenciales para la organización, entre ellos:
I. riesgos debidos a cambios asociados con el cambio
climático (p. ej. impactos de la modificación de los patrones meteorológicos y
de las enfermedades relacionadas con el calor);
II. riesgos regulatorios (p. ej. costo de las actuaciones
y de los sistemas necesarios para cumplir con nuevas normativas);
III. oportunidades para ofrecer nuevas tecnologías,
productos y servicios destinados a abordar los retos relacionados con el cambio
climático; y
IV. ventajas competitivas potenciales para la
organización, derivadas de cambios regulatorios o tecnológicos relacionados con
el cambio climático.
c. Informar si la dirección ha realizado una estimación
cuantitativa de las implicaciones financieras del cambio climático para la
organización (p. ej. costos de seguros y adquisición de créditos de carbono). Si
se han cuantificado, lo que sería útil si es factible, indicar las implicaciones
financieras y las herramientas empleadas para realizar los cálculos.
En estos casos, si bien las actas de las reuniones del
Directorio, Consejo de Administración y en general de los órganos rectores de la
organización serán útiles para verificar si el ente ha evaluado los riesgos y
oportunidades derivados del cambio climático, los demás componentes requerirán
de especialistas y en caso de que se hayan cuantificado los efectos económicos
para la organización:
a. podrá tratarse de información financiera prospectiva si
se espera que ocurra en un futuro en cuyo caso el auditor aplicará los
procedimientos establecidos para los estados proyectados; o
b. podrá referirse a hechos del pasado y se auditará como
cualquier otra información financiera histórica.
El Indicador denominado "Política, prácticas y proporción
de gasto correspondiente a proveedores locales en lugares donde se desarrollen
operaciones significativas" (EC6), está basado en el hecho que la influencia que
una organización puede tener sobre la economía local se extiende más allá de los
empleos directos y el pago de salarios e impuestos, pudiendo atraer inversiones
adicionales en la economía local de forma indirecta, si apoya a las empresas
locales a través de su cadena de proveedores.
Los procedimientos de auditoría, por tratarse de
información que surge del sistema contable, pasarán por: una adecuada definición
de lo que se entiende por "local", la correcta identificación de los proveedores
que entonces son locales, y en la compilación, que debería ser simple pudiendo
contar con los submayores correspondientes.
La constatación de si la organización cuenta con una
política de preferencia hacia ellos deberá surgir de los registros de actas de
las reuniones del Directorio, Consejo de Administración y, en general, de los
órganos rectores de la organización.
En el Indicador denominado "Entendimiento y descripción de
los impactos económicos indirectos significativos, incluyendo el alcance de
dichos impactos" (EC9), la Guía señala que los impactos económicos indirectos
constituyen una parte importante de la influencia económica que ejerce una
organización en el contexto del desarrollo sostenible.
Añade que, mientras que los impactos económicos directos y
la influencia del mercado tienden a centrarse en las consecuencias inmediatas de
los flujos monetarios hacia los grupos de interés, los impactos económicos
indirectos incluyen los efectos adicionales generados por la circulación de
dinero en la economía, suponiendo un aspecto importante del papel de la
organización como partícipe o agente del cambio socioeconómico.
Dependiendo del contenido del indicador, el auditor deberá
obtener información de las políticas de la organización así como de la
evaluación que ella hace, por ejemplo de:
a. Desarrollo económico en zonas con elevada incidencia de
pobreza.
b. Impacto económico de la mejora o deterioro de las
condiciones sociales o medioambientales.
c. Disponibilidad de productos y servicios para personas
de bajos ingresos.
d. Mejora en la cuantificación y los conocimientos de una
región geográfica.
En algunos casos, con la información procedente de la
organización será suficiente, por ejemplo, cuando se trata de la disponibilidad
de productos y servicios para personas de bajos ingresos, por cuanto se podrán
verificar, en caso de existir, las operaciones realizadas en el período bajo
examen. En otros casos es probable que el auditor deba recurrir a expertos en
temas medioambientales, como cuando deba opinar sobre el indicador que incluya
la mejora o deterioro de las condiciones medioambientales.
Indicadores de dimensión ambiental
Los indicadores del desempeño ambiental contemplan una
exposición concisa del enfoque de la Dirección en cuanto a:
o Materiales;
o Energía;
o Agua;
o Biodiversidad;
o Emisiones, vertidos y residuos;
o Productos y servicios;
o Cumplimiento normativo;
o Transporte; y
o Aspectos generales.
Los procedimientos de auditoría en estos casos se deberán
apoyar en los registros contables de compras y facturación, los departamentos de
gestión de compras o suministros, incluyendo lo relativo al almacenaje, los
procesos (incluyendo manipulación y el tratamiento de efluentes) y
traslados.
El enfoque general deberá apuntar al cargo más alto de la
organización con responsabilidad operativa sobre los aspectos ambientales.
También se recomienda analizar el compromiso que la organización en su conjunto
le presta a este tema.
La inspección ocular y la observación pasan a tener una
importancia relativa preponderante, la cual deberá ser completada con el examen
de cumplimiento de las normas referidas a la actividad de que se trate.
El cumplimiento de las disposiciones legales o
reglamentarias en materia ambiental, es otra referencia significativa a ser
considerada como procedimiento.
También se recomienda, como práctica, realizar un listado
con las evidencias recogidas en materia de certificaciones de actuación
medioambiental o de sistemas de gestión ambiental.
Entre los indicadores del desempeño ambiental, el
indicador denominado "Materiales utilizados, por peso o volumen" (EN1) puede
permitir conocer tanto los materiales de entrada y proceso, como el cumplimiento
legal ambiental en la manipulación, almacenaje, proceso y traslado de dichos
elementos.
Los registros contables como fuente primaria de
información en cuanto a ingreso y salida de bienes, serán el soporte inicial de
respaldo y alimentación de posteriores evaluaciones.
El indicador, denominado "Consumo directo de energía
desglosado por fuentes primarias" (EN3), tiene su origen en la identificación de
las fuentes de energía que utiliza la organización, identificando las renovables
o no renovables, y compulsando desde la documentación de respaldo, la
información del consumo que esas evidencias contienen.
Indicadores sobre prácticas laborales y trabajo digno
Los indicadores del desempeño contemplan los aspectos:
o Empleo;
o Relaciones empresa/trabajadores;
o Salud y seguridad en el trabajo;
o Formación y educación;
o Diversidad y seguridad en el trabajo; e
o Igual remuneración para hombres y mujeres.
Para ubicar a la organización en este plano, será
necesario evaluar la fuerza de trabajo disponible y el compromiso general
respecto de los aspectos laborales.
Deberá identificarse al cargo más alto con responsabilidad
operativa sobre los aspectos laborales y recoger evidencias acerca de la
división de la responsabilidad operativa en el nivel de la alta dirección en
relación con dichos aspectos.
Procedimientos usuales en tal sentido, podrán ser:
o Revisar los manuales operativos de recursos humanos.
o Cotejar la legislación apropiada que le alcanza.
o Entrevistar a los funcionarios de máxima jerarquía en el
tema.
Para cubrir el Indicador denominado "Desglose del
colectivo de trabajadores por tipo de empleo, por contrato y por región" (LA1),
se pueden desarrollar como procedimientos:
o Identificar el contrato colectivo de trabajo aplicable
para el sector;
o Cotejar que la nómina salarial se adecue en materia de
categorías a lo prescripto legalmente;
o Constatar que los contratos dentro o fuera de convenio
tengan un respaldo adecuado, y
o Otros.
Para los indicadores vinculados a "Salud y Seguridad en el
trabajo" (LA6 a LA9), se pueden identificar como procedimientos:
o Trabajar con la información que desde el departamento de
recursos humanos se conserve en cuanto a programas de salud preventivos,
o Analizar las facturas de compra,
o Constatar la debida utilización de elementos de
protección en los ámbitos laborales,
o Cotejar información acerca del ausentismo discriminado
por concepto de justificación que se provea, y
o Revisar constancias de programas de educación internos o
externos con su cumplimiento.
Indicadores sobre derechos humanos
El conjunto de los indicadores de desempeño
correspondientes a "derechos humanos" aborda tres áreas:
o Incidentes relacionados con aspectos básicos de los
derechos humanos;
o La capacidad y conocimientos que tiene la organización
para abordar de manera eficaz los temas de derechos humanos, incluyendo
formación y procedimientos internos, y
o La integración de los derechos humanos en las relaciones
externas de la organización, tanto en la realización de inversiones como en la
selección de proveedores.
Una vez que el auditor advierte que el ente está
realizando o realizará inversiones de estas características deberá tomar en
consideración, como lo señala la guía GRI, a:
o Declaración Universal de Derechos Humanos de las
Naciones Unidas, 1948.
o Asamblea de las Naciones Unidas: Pacto Internacional
sobre Derechos Civiles y Políticos, 1966.
o Asamblea de las Naciones Unidas: Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966.
o Declaración de la OIT sobre los Principios y Derechos
Fundamentales del Trabajo de 1998 (concretamente, los ocho Convenios
Fundamentales de la OIT).
o Declaración de Viena y Programa de Acción, 1993.
Indicador denominado "Porcentaje y número total de
acuerdos de inversión significativos que incluyan cláusulas de derechos humanos
o que hayan sido objeto de análisis en materia de derechos humanos" (HR1).
El objetivo del indicador consiste en identificar de qué
manera las decisiones económicas de una organización tienen en cuenta los
derechos humanos, fundamentalmente en aquellos lugares donde puedan existir
preocupaciones en cuanto a su respeto.
Para ello, el auditor deberá tomar un conocimiento
profundo de los lugares o zonas donde el ente se propone invertir, obteniendo
por sí o a través de sus propios asesores, información a ese respecto. Las actas
de las reuniones del Directorio, Consejo de Administración y, en general, de los
órganos rectores de la organización, la lectura y evaluación de los convenios o
cartas de intención que puedan haberse firmado, su participación en la auditoría
de los estados financieros de la entidad y otros, le darán algunos elementos de
juicio como para profundizar ese conocimiento.
La expresión "acuerdos de inversión" debe tomarse en forma
amplia, pudiendo adoptar múltiples formatos, acorde con el desarrollo de los
negocios.
Identificados dichos acuerdos de inversión y teniendo en
cuenta las demás características de los lugares donde se habrían de realizar, el
auditor deberá obtener evidencia, de corresponder, de la existencia de convenios
donde se definan las expectativas del inversor en lo que hace a los derechos
humanos.
Indicador "Número total de incidentes de discriminación y
medidas adoptadas" (HR4).
El auditor deberá identificar la posible existencia de
incidentes de discriminación partiendo de la premisa de cuáles son las políticas
y las instrucciones derivadas de ellas, preferiblemente por escrito, con que
cuentan los responsables de las áreas respectivas a efectos de impedir que se
produzcan incidentes de discriminación.
Como la propia guía lo establece, dichos incidentes pueden
estar referidos a discriminación por motivos de raza, color, sexo, religión,
opiniones políticas, procedencia, extracción social u otras formas.
A efectos de determinar la posible existencia de
incidentes, el auditor deberá revisar las actas de las reuniones del Directorio,
Consejo de Administración y en general de los órganos rectores de la
organización, solicitar informes a los asesores legales para identificar
posibles acciones legales o quejas recibidas en la organización de manera formal
o informal, revisión de legajos del personal en forma de test y pedidos de
informes a los responsables del sector correspondiente.
Finalmente, en caso de observar la existencia de
incidentes, deberá solicitar información acerca del tratamiento dado por la
organización, verificando si se han realizado acciones para su solución y su
estado a la fecha del informe del auditor.
Indicador "Actividades identificadas que conllevan un
riesgo potencial de incidentes de explotación infantil, y medidas adoptadas para
contribuir a su eliminación" (HR6).
Teniendo presente que lo que se pretende es que la
organización identifique las actividades que pueden tener un riesgo
significativo originado en el trabajo infantil o en el de trabajadores jóvenes
expuestos a trabajo peligroso, el auditor debería:
a. Evaluar las actividades del ente que sean proclives a
la utilización de tal mano de obra, efectuado una revisión de las actas de las
reuniones del Directorio, Consejo de Administración y en general de los órganos
rectores de la organización.
b. Revisar las políticas de la empresa y el cumplimiento
de las normas legales al respecto.
c. Analizar legajos del personal en forma de test.
d. Evaluar la conveniencia de mantener contactos con las
organizaciones gremiales correspondientes a efectos de conocer eventuales no
conformidades con la forma en que actúa la organización en lo que hace al
trabajo infantil y de menores, en general.
Indicadores sobre sociedad
Los indicadores de desempeño social hacen foco en la
incidencia que las organizaciones tienen en las comunidades en las que operan y
aclaran cómo se gestionan los riesgos que pueden aparecer.
Los indicadores del desempeño de la Sociedad se refieren
a:
o Comunidad;
o Corrupción;
o Política pública;
o Comportamiento de competencia desleal; y
o Cumplimiento normativo.
Entre los procedimientos generales que permitan evaluar el
desempeño de la Sociedad, en cuanto a los indicadores identificados como SO1 a
SO10, podemos detallar:
o Evaluar si la Organización está expuesta a impactar por
su actividad o servicios tomados o prestados en la comunidad a la que
pertenece.
o Medir si desde los bienes o servicios ofrecidos hay
indicadores de riesgo de corrupción importantes como contratos con el Estado,
aportes a partidos o campañas políticas.
o Evaluar la pertenencia o incidencia de prácticas
monopólicas u oligopólicas.
Pregunta 3
6. ¿Los estados contables que se habrán de tomar como
base, deberán contar con informe de auditoría?
Respuesta
7. Efectivamente deberán contar con informe de auditoría
realizada por el mismo auditor del balance social o por otro profesional,
teniendo presente que en el último caso evaluará si corresponde que realice o no
procedimientos adicionales.
Pregunta 4
8. ¿Además de la Resolución Técnica N° 7, cuál es la
bibliografía a la que se podría recurrir para realizar la tarea?
Respuesta
9. El trabajo de un contador público, como profesional
independiente y destinado a emitir un informe que aporte aseguramiento razonable
o limitado, puede tomar como referencia, por ejemplo, a las normas emitidas por
el IAASB, más específicamente al "Marco de referencia para encargos de
aseguramiento", y en particular, la NIEA 3000 "Encargos de aseguramiento
distintos de las auditorías o revisiones de información financiera histórica"
que tiene como elementos:
a) Una relación tripartita que involucra a un profesional,
una parte responsable y los usuarios a los que se destina el informe;
b) Un tema apropiado;
c) Criterios adecuados;
d) Elementos de juicio válidos y suficientes; y
e) Un informe de aseguramiento por escrito con el formato
de un encargo de aseguramiento razonable o limitado.
Entre esos elementos se destaca que el b), "tema
apropiado", puede tomar diversas formas, tales como:
o El desempeño o las condiciones financieras respecto de
los cuales la información sobre el tema pueden ser los indicadores clave de la
eficiencia y la eficacia.
o Las características físicas respecto de las cuales la
información sobre el tema puede ser un documento con especificaciones.
o Los sistemas y procesos (por ejemplo, el control interno
o los sistemas informáticos de una entidad) respecto de los cuales la
información sobre el tema puede tener una aseveración sobre la eficacia.
o El comportamiento respecto del cual la información sobre
el tema puede ser una declaración de cumplimiento o de eficacia.
Como se puede apreciar, los reportes de sustentabilidad
"caen" bajo cualquiera de estos temas y otros similares, por lo que la
referencia doctrinaria internacional precedente es un punto de referencia
destacado.
El marco de referencia de las NIA precisa, en cuanto a los
criterios adecuados, "…que son considerados como los parámetros utilizados para
evaluar o medir el tema. A su vez pueden ser un marco de referencia establecido
de control interno u objetivos individuales de control diseñados específicamente
para el encargo; y cuando se presenta un informe sobre cumplimiento, los
criterios pueden ser la ley aplicable, un reglamento o un contrato…".
Los criterios adecuados, de acuerdo al Marco, muestran las
siguientes características:
o Relevancia;
o Integridad;
o Confiabilidad;
o Neutralidad; y
o Comprensibilidad.
Dichos criterios son compatibles y hasta se corresponden,
en algunos casos, con los Principios para definir la calidad de elaboración de
Memorias (1.2 del GRI), a saber:
o Equilibrio;
o Comparabilidad;
o Precisión;
o Periodicidad;
o Claridad; y
o Fiabilidad.
El profesional contador público, ante una materia con
elementos suficientes, temas apropiados y criterios adecuados, debe encarar la
obtención de elementos de juicio válidos y suficientes y para ellos conduce sus
procedimientos.
La parte 2 del GRI contempla los denominados "Indicadores
de desempeño", definidos como "indicadores que facilitan la comparabilidad de la
información sobre el desempeño económico, medioambiental y social de una
organización".
Pregunta 5
10. ¿Qué tipo de informe se debería emitir?
Respuesta
11. Luego que el auditor haya podido, cumplimentar todas
las tareas de auditoría/revisión, evaluado la validez y suficiencia de los
elementos de juicio examinados y obtenido una carta de gerencia que cubra los
aspectos fundamentales, estará en condiciones de emitir un informe profesional
con una opinión con aseguramiento razonable o una manifestación con
aseguramiento limitado, o abstenerse de hacerlo como resultado de la tarea
llevada a cabo por él y por su equipo.
Dicha opinión o manifestación del auditor debe considerar
el grado de razonabilidad o la presentación apropiada de la información
contenida en el documento de acuerdo al modelo de Balance Social escogido por la
organización y de los indicadores en él contenidos. En función a ello esa
opinión o manifestación podrá ser sin salvedades, con salvedades o adversa.
Pregunta 6
12. ¿El GRI recomienda alguna consideración especial en su
sección de verificación?
Respuesta
13. Sí. En su sección de verificación el GRI
recomienda:
a) Que la verificación sea llevada a cabo por grupos o
individuos externos a la organización con conocimientos demostrables tanto en la
materia objeto de verificación como en prácticas de verificación.
b) Que se lleve a cabo de un modo sistemático,
documentado, basado en comprobaciones y que se caracterice por disponer de
procedimientos definidos.
c) Que el verificador valore si la memoria proporciona una
imagen razonable y equilibrada del desempeño, teniendo en cuenta tanto la
veracidad de los datos de la memoria como en la selección general del
contenido.
d) Que recurra a grupos o individuos para llevar a cabo la
verificación que no se encuentren limitados, para poder lograr y publicar una
conclusión de la memoria imparcial e independiente, por su relación con la
organización o con los grupos de interés.
e) Que el verificador evalúe en qué medida los encargados
de la preparación de la memoria han aplicado el Marco de elaboración de memorias
de GRI (incluidos los Principios de elaboración de memorias) con el fin de
alcanzar sus conclusiones.
f) Que el trabajo del verificador dé como resultado una
opinión o un conjunto de conclusiones que estén disponibles para el público por
escrito, así como una declaración por parte del verificador sobre su relación
con el responsable de la elaboración de la memoria.
Pregunta 7
14. ¿Cuál podría ser un modelo de Informe apropiado que
cumpla con las normas y a su vez cumpla con el cometido de dar mayor
credibilidad a los informes de sostenibilidad?
Respuesta
15. Se presenta a continuación un modelo de Informe solo a
título ilustrativo y de aplicación no obligatoria, a efectos que el lector, de
tener que aplicarlo, lo adapte a las circunstancias particulares del caso. Este
modelo supone que el auditor da seguridad sobre la razonabilidad de la
información, pero el servicio del auditor también puede ser uno destinado a dar
aseguramiento limitado, en cuyo caso deberán efectuarse los ajustes necesarios
en la descripción de los procedimientos y conclusión.
Título: Informe de verificación
Destinatario: Ente que contrata los servicios
1. En nuestro carácter de contadores públicos
independientes hemos verificado los indicadores de responsabilidad social
contenidos en el Balance Social > (o Informe de
Responsabilidad Social, u otra denominación pertinente) para el ejercicio anual
finalizado el >. Dichos indicadores son los que el
Directorio (o denominación correspondiente) de XXX ha considerado como de mayor
relevancia atendiendo a sus grupos de interés y a las indicaciones establecidas
en la guía para la elaboración de memorias de sostenibilidad del Global
Reporting Initiative (GRI), (indicar la versión que la entidad haya
empleado).
2. El Directorio de XXX es responsable de la información
incluida en el Balance Social
> (o Informe de
Responsabilidad Social > u otra denominación), así como
del diseño, implantación y mantenimiento de los procesos para su elaboración y
de las bases y criterios para su preparación.
3. Nuestra responsabilidad es, de acuerdo con los
procedimientos aplicados, expresar una conclusión sobre los siguientes
aspectos:
o Si el Balance Social > (o Informe
de Responsabilidad Social > u otra denominación) recoge
los contenidos básicos recomendados en la Guía para la elaboración de memorias
de sostenibilidad del Global Reporting Initiative, de acuerdo a la auto
declaración realizada por XXX.
o La adecuación de los procedimientos y controles
establecidos a los efectos de la preparación, recolección y consolidación de los
datos relativos a los indicadores.
o La razonabilidad y consistencia de los valores de los
indicadores objeto de nuestra revisión correspondiente al ejercicio >.
o La compilación de la información contenida en el Estado
de Resultados correspondiente a los Estados Contables de XXX al > a los efectos de su integración en el Estado de Valor Económico
Generado y Distribuido (EVEGyD), que forma parte del Balance Social.
4. Nuestro trabajo se ha realizado de acuerdo con las
normas y procedimientos incluidos en >.
Con carácter general, los procedimientos aplicados para la
realización de nuestro trabajo han consistido en:
o Comprobar que los contenidos básicos recomendados por
(detallar), han sido incluidos en el Balance Social > (o
Informe de Responsabilidad Social >, u otra
denominación).
o Desarrollo de entrevistas con el personal de XXX
responsable de la recopilación de la información y elaboración de los
indicadores objeto de nuestra revisión.
o Revisión de la documentación de soporte utilizada para
recopilar, calcular y consolidar la información por parte de XXX en relación a
los indicadores objeto de esta verificación, como así también la evaluación del
control interno inherente.
o Realización de pruebas sustantivas diseñadas para
evidenciar, sobre la base de muestreo, la razonabilidad y consistencia de las
bases y criterios de preparación del Balance Social > (o
Informe de Responsabilidad Social > u otra denominación),
de los datos relativos a los indicadores objeto de nuestra verificación y de la
compilación de la información del Estado de Resultados para la elaboración del
EVEGyD.
5. Con base en la tarea realizada y de acuerdo con lo
descripto anteriormente podemos concluir que:
o El Balance Social > (o el Informe
de Responsabilidad Social > u otra denominación) incluye
los contenidos básicos recomendados por la guía (indicar versión) del Global
Reporting Initiative para un nivel (indicar nivel), de acuerdo a la auto
declaración realizada por XXX.
o Los procedimiento y controles establecidos a los efectos
de preparación, recolección y consolidación de los datos relativos a los
indicadores y el EVEGyD objetos de nuestra revisión, proporcionan una base
razonable para la obtención de los mismos.
o No hemos identificado desvíos significativos en lo que
respecta a la razonabilidad y consistencia de los valores de los indicadores y
el EVEGyD objetos de nuestra revisión.
Lugar y fecha,………………
Firma y datos de matrícula del Profesional