#SeguridadSocial #Normativa #PREV-11-66/21 Magistrados y Funcionarios Judiciales y del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Publicada 02/03/2022

La presente norma de procedimiento tiene por objeto establecer los procesos de recepción, tramitación, resolución y puesta al pago de las Solicitudes de Prestaciones Previsionales presentadas por los peticionarios incluidos en las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1.412 de fecha 12 de noviembre de 2008 y N2 981 de fecha 6 de noviembre de 2009, por aplicación del Régimen Especial estatuido por la Ley Nº 24.018, modificada por Ley Nº 27.546 y complementada por Res. SSS Nº 10/2020.

Alcance
Esta norma de procedimiento abarca desde la presentación de la Solicitud de Prestaciones Previsionales, por parte de un peticionario incluido expresamente en el Anexos I o II de la Resolución MTEySS N51 981/2009, ante la Unidad Operativa competente dependiente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y hasta su resolución, liquidación y puesta al pago.

Consideraciones Generares
El Decreto NQ 78 de fecha 19 de enero de 1994, reglamentario del Artículo 168 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, estableció la derogación, a partir de la entrada en vigencia de su Libro 1, de las Leyes Ni;i 22.731, Nº 22.929, Nº 23.026, Nº 23.626, Nº 24.016 y N2 24.018.
Posteriormente, en virtud de la Ley Nº 25.668, conforme a las observaciones formuladas por el Decreto Nº 2.322 de fecha 18 de noviembre de 2002, se restableció la vigencia de las Leyes Nº 22.731 y Nº 24.01 8. En el caso de esta última Ley, solo se declararon vigentes los Artículos 12 a 17 y 26 a 36.
El Artículo 17 de la Ley Nº 24.018 y sus modificatorias fue derogado por el Artículo 5º de la Ley Nº 26.376.
De conformidad con el marco normativo descripto en los apartados precedentes, la Ley Nº 24.018 y sus modificatorias instituyen un Régimen Especial de Jubilaciones y Pensiones para los Magistrados y Funcionarios Judiciales del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, del MINISTERIO PÚBLICO   DE   LA   NACIÓN    y   de   la   FISCALÍA    NACIONAL   DE   INVESTIGACIONES



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