#SeguridadSocial Jurisprudencia 2004 Muller, Hans Otto c/ ANSeS s/ Reajustes varios CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - Sala 03 - Aportes y Contribuciones, Ley 24.463 art 9 13/04/2004

Corresponde restituir las sumas deducidas por aplicación de los topes previstos por el Art. 9 de la ley 24.463, toda vez que el beneficio de jubilación original fue otorgado bajo el amparo del decreto 22.731 que fijaba un haber de pasividad equivalente al 85% del de actividad y sin topes máximos, y dicha normativa debe ser respetada por la Administración Pública, ya que ni el legislador ni el juez pueden en virtud de una ley nueva o de su interpretación, arrebatar o alterar un derecho patrimonial adquirido al amparo de la legislación anterior.
Envíenos su consulta 👉🏼








¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




No hay comentarios:

Publicar un comentario