Normativa CSJN RESOLUCION Nº 703/2026 Prórroga suspensión de plazos para dictar sentencia Publicada el 16/0... by Estudio Alvarezg Asociados
#SeguridadSocial Normativa CSJN RESOLUCION Nº 703/2026 Prórroga suspensión de plazos para dictar sentencia Publicada el 16/04/2026
#SeguridadSocial Jurisprudencia 2025 “Fassio Roberto Jorge c/ANSeS s/Reajustes varios”, Expte. 25701/2024 Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala III, reajuste de su haber mensual - Habilitación de la instancia judicial sin reclamo administrativo previo 29/5/25
Jurisprudencia 2025 -Fassio Roberto Jorge-reajuste de Su Haber Mensual - Habilitación de La Instancia Judic... by Estudio Alvarezg Asociados
#SeguridadSocial Normativa Resolución 118/25 – CSJN Juzgados Federales. Se concede la suspensión de plazos de 90 días para el dictado de sentencias interlocutorias simples y para la aprobación de primera liquidación 27/02/2025
Buenos Aires, 27 de febrero de 2025.-
Vistos los autos de la referencia, y
CONSIDERANDO:
1°) Que la Presidencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social eleva la presentación efectuada por los magistrados de los juzgados federales de primera instancia de ese fuero, mediante la cual solicitan que se conceda una suspensión de plazos de 90 días para el dictado de sentencias interlocutorias simples para la aprobación de primera liquidación y sus actualizaciones en los procesos ejecutorios referentes las causas previsionales contra la ANSeS y las Fuerzas Armadas y de Seguridad –actuaciones 1.1., 1.2. y 9-.
2°) Que los citados jueces fundamentan su solicitud en la gran cantidad de causas que ingresan, el incremento de las presentaciones y acumulación mensual en la totalidad de las etapas que conforman el proceso ejecutorio, y en las dificultades que se presentan en los expedientes en estado de aprobar las liquidaciones o resolver incidencias.
Por ello, entienden que la petición en cuestión es necesaria a fin de mitigar el colapso que enfrenta el fuero y así brindar un mejor servicio de justicia.
3°) Que la competencia para disponer la suspensión general de plazos en las condiciones peticionadas es atribución que corresponde al Tribunal y que no ha delegado (conf. resoluciones nros. 1858/03, 1021/04, 2154/05, 2155/05 y 412/09, entre otras).
4°) Que atento a los argumentos esgrimidos por los requirentes y por resultar atendibles, corresponde y asi,
SE RESUELVE:
Conceder a los juzgados federales de primera instancia de la Seguridad Social una suspensión de plazos de 90 días para el dictado de sentencias interlocutorias simples para la aprobación de primera liquidación y sus actualizaciones en los expedientes mencionados en el considerando primero, contados a partir de la fecha de la presente.
Regístrese y hágase saber.-
#SeguridadSocial Normativa ANSES JURI-12-01-2023 Tratamiento de sucesiones con sentencias judiciales en la Coordinación Oficios y en los Servicios Jurídicos Litigantes y de Oficios 18/10/2023
- Las sentencias del reajuste deben encontrarse cargadas en GCAU Causas con su respectivo respaldo documental.
- Copia de la declaratoria de herederos (salvo excepción art. 2337 CCyC) o copia de la Partida de Defunción del causante.
- CBU a nombre de los autos del Sucesorio o del juicio de Reajuste si se ordena el depósito en dichos autos.
- En el caso de no encontrarse toda la documentación requerida y/o es errónea, el abogado de ANSES deberá contestar el traslado y solicitar la documentación faltante y/o errónea mediante escrito al Juzgado.
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