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#SeguridadSocial Normativa ANSES COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP N° 15/26 UNIDAD DE CANCELACIÓN APORTES PREVISIONALES (UCAP) CÓMPUTO EN SICA 20/02/2026

REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 61/23 
Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) que se encuentra implementada una mejora en el Sistema SICA-DD, que admite en los tipos de trámites de uso previsional la inclusión de las Unidades de Cancelación de Aportes Previsionales (UCAP) adquiridas por las personas titulares al amparo de la Ley 27.705, a los efectos de establecer el derecho a las prestaciones previsionales solicitadas.  
Teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 27.705, el Decreto Reglamentario DCTO-2023-173-APN-PTE y Resolución RESOL-2023-131-ANSES-ANSES, cada UCAP será considerada como UN (1) mes de servicio solamente a los efectos del cómputo de la Prestación Básica Universal (PBU) y no se tendrán en cuenta para el cálculo de la PC y/o PAP, ni para el cómputo del ingreso base en los casos de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento. 
Podrá computarse el tiempo de UCAP para la determinación de la condición de aportante prevista en el artículo 95 de la Ley 24.241 y la aplicación de las previsiones del Decreto 1120/94 (redacción sustituida por el Decreto 460/99), sólo en el supuesto que las trabajadoras y los trabajadores acrediten el mínimo de años de servicios con aportes exigidos en el régimen común o diferencial en que se encuentren incluidos para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), en cuyo caso se considerará aportante regular. 
Del mismo modo podrán utilizarse servicios reconocidos en el presente Plan para acreditar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del mínimo de años exigido por el régimen común o diferencial para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), para ser considerado aportante irregular con derecho. 

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#SeguridadSocial Normativa ANSES ACTI-17-01-24 Plan de Pago de Deuda Previsional (Ley N° 27.705) Unidad Cancelación Aportes Previsionales Vigencia: 30/10/2024

Establecer la Unidad Cancelación Aportes Previsionales (UCAP) para trabajadores en actividad que no cuentan aún con la edad para acceder a las Prestaciones Previsionales, puedan completar los años de servicios faltantes mediante la adquisición de unidades de pago previsional.  
La presente norma incluye el procedimiento de adquisición de unidades de pago respecto de la situación previsional de los trabajadores en actividad hasta la generación del VEP (Volante Electrónico de Pago) para el posterior pago de los períodos seleccionados.
La Ley Nº 27.705, reglamentada por el Decreto Reglamentario Nº 173/23 (DCTO-2023-173-APN-PTE), crea la Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para trabajadores en actividad, que tiene por finalidad la determinación e ingreso de aportes previsionales en los períodos que el solicitante no haya prestado servicios bajo relación de dependencia registrada y/o carácter de autónomo y/o monotributista.
Cada UCAP representa un mes de servicio y sólo serán consideradas para acreditar el mínimo de tiempo necesario para la obtención de la PBU.
El valor de la UCAP será equivalente al veintinueve por ciento (29%) de la base mínima imponible de la remuneración establecida en el art. 9º de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, vigente a la fecha de concretar la adquisición.
El solicitante deberá firmar una solicitud con carácter de Declaración Jurada donde manifieste cumplir con los requisitos para el pago de la UCAP.
Los períodos a considerar por tareas de cuidado, se calcularán de manera automática a través del aplicativo Sistema de Iniciación, Cómputo y Ajuste (SICA).
El aplicativo SICA realizará de manera automática el control de incompatibilidades previo a la caratulación del TTR 119 (Asesoramiento UCAP). La caratulación se realizará desde SICA y de forma automática. De igual forma, el estado pasará automáticamente a 40 - Resuelto Favorablemente.
Se podrá crear una nueva secuencia del TTR119 con periodos distintos a pedido del solicitante con el fin de actualizar sus servicios.
Los servicios prestados en regímenes provinciales y/o municipales no adheridos al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), regímenes castrenses y de las fuerzas de seguridad, y/o regímenes profesionales, deberán ser incorporados manualmente en SICA tras la presentación de una constancia del organismo correspondiente.
Si al momento de la adquisición el solicitante manifiesta tener servicios prestados y no registrados, antes de caratular el TTR 119 (Asesoramiento UCAP) deberá caratularse un TTR 118 a fin de iniciar un Reconocimiento de Servicios.
Los períodos que no se encuentren fehacientemente acreditados en la Historia Laboral, se detallarán en el Formulario de Asesoramiento UCAP, en estado Pendiente de Acreditación.
El pago por la adquisición de las UCAP se realizará a través de la generación de un VEP y su posterior pago mediante el débito de la cuenta bancaria informada por la persona.
Para ello es necesario contar con clave de homebanking o billetera virtual  y que la entidad opere con VEP.
Vencimiento del VEP generado: tendrá validez hasta el último día, inclusive, del mes en el que se genera, no computándose deuda en caso de no ser pagado.
El primer VEP se genera únicamente en Oficina de ANSES, luego podrán generarse a través de la página web de ANSES / mi ANSES / Unidad de Cancelación de Deuda Activos, ingresando con Clave de la Seguridad Social nivel 2.
El valor de las UCAP que se adquieran será determinado automáticamente a través de la aplicación UCAP y guardará relación con la cantidad de periodos seleccionados para adquirir.
Los pagos realizados se visualizarán en la historia laboral del solicitante que puede ser consultada a través de mi ANSES.
En los casos que se presente un apoderado a realizar el trámite, el mismo deberá presentar el Formulario PS. 1.75 “Carta Poder - Plan de Pago de Deuda Previsional - Ley Nº 27.705 - Capitulo III”, debidamente confeccionado.


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#SeguridadSocial Normativa ANSES CIRCULAR DPA Nº 17/24 - LEY N° 27.705- Título III – UNIDAD DE CANCELACIÓN DE APORTES PREVISIONALES (UCAP) - REIMPUTACIÓN 03/05/2024

La presente circular tiene como finalidad informar a todas las Oficinas pertenecientes a esta Administración Nacional, el procedimiento alternativo y transitorio para solicitar la reimputación de las Unidades De Cancelación De Aportes Previsionales (UCAP) adquiridas y canceladas. 
En atención a que el Decreto N° 173/2023, reglamentario de la Ley N° 27.705, dispone que si por error involuntario, la persona incorporase períodos en los cuales no cumplía con las condiciones y requisitos establecidos en la Ley y su Reglamentación, los mismos podrán ser reimputados a otros períodos pendientes de cancelación en el marco del PLAN DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL. Sobre esta situación, la Resolución ANSES N° 131/2023, Punto 5, aclara que la reimputación de periodos obtenidos mediante la UCAP resultará procedente siempre que existan periodos con las condiciones establecidas por las normas vigentes para la adquisición de la UCAP, según lo establecido en la Ley N° 27.705, el Decreto N° 173/23, las Resoluciones Conjuntas AFIP-ANSES N° 5345/23 y N° 5346/23, y la Resolución ANSES N° 76/2023; caso contrario, no serán pasibles de devolución.
En consecuencia, y hasta tanto se encuentre operativa la posibilidad de realizar la reimputación, a través de la aplicación informática “Unidad Cancelación Aportes Previsionales”, se deberá llevar adelante a través del procedimiento que se describe a continuación. 
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#SeguridadSocial Normativa ANSES CIRCULAR DP Nº 61/23 UNIDAD CANCELACIÓN APORTES PREVISIONALES (UCAP) CÓMPUTO EN SICA 03/11/2023

Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) que se encuentra implementada una mejora en el Sistema SICA-DD, que admite en los tipos de trámites de uso previsional la inclusión de las Unidades de Cancelación de Aportes Previsionales (UCAP) adquiridas por las personas titulares al amparo de la Ley N° 27.705, a los efectos de establecer el derecho a las prestaciones previsionales solicitadas.   
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