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#SeguridadSocial Jurisprudencia 2025 Causa: “Amione, Alfredo Daniel c/ANSeS s/Prestaciones varias” Expte. 51760/2023 Retiro transitorio por invalidez. Trabajadores autónomos y monotributistas. Declaración Jurada de Salud. Falta de notificación. Inaplicabilidad del Decreto 300/97. Principio protectorio. Finalidad de la seguridad social. Costas Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, 22/10/25

Resulta inaplicable, para el caso concreto, lo dispuesto por el Decreto 300/97 cuando el organismo previsional no acreditó haber cumplido con el deber de notificación fehaciente al trabajador autónomo respecto de la obligación de presentar la Declaración Jurada de Salud al momento de su afiliación al sistema previsional.
No puede exigirse el cumplimiento de una carga reglamentaria al afiliado cuando el propio Estado omitió informarle adecuadamente sobre su existencia, pues ello vulnera el principio de buena fe y el carácter protector del derecho de la seguridad social.
La aplicación mecánica del Decreto 300/97, sin ponderar las circunstancias del caso, puede frustrar la finalidad esencial de la seguridad social, destinada a cubrir los riesgos de subsistencia y ancianidad, debiendo privilegiarse la interpretación que favorezca el otorgamiento de la prestación.
En materia previsional, y ante la duda interpretativa, corresponde estar a la solución que concede el beneficio y no a la que lo deniega, conforme la doctrina reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El art. 22 de la Ley 24.463 no resulta aplicable cuando la pretensión se dirige a la concesión de una prestación previsional y no al cobro de diferencias dinerarias por reajustes de haberes.
Las costas deben imponerse a la demandada vencida, de conformidad con la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de impugnación de actos administrativos previsionales.
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#SeguridadSocial Jurisprudencia 2024 “Castillo, Francisco Antonio c/ANSeS s/Reajuste de haberes”, Expte. 2144/2024 Reajuste de haberes. Exclusión de aportes efectuados al régimen de monotributo. Movilidad. Juzgado Federal de Mar del Plata N° 2, 16/12/24

Los aportes al RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES no son considerados como tiempo de servicios para determinar el valor de la Prestación Adicional por Permanencia (P.A.P.) puesto que no están destinados a ser aplicados a aquella prestación tras el reemplazo del anexo de la ley 24.977 efectuado por la ley 26.565. Por tal razón resulta irrazonable el accionar de la ANSES de computarlos para obtener el promedio de las rentas autónomas que determina el ingreso base que influirá en los montos tanto de la P.C. como de la P.A.P. Frente a ello, la demandada deberá abstenerse de incluir los aportes identificados como “Mon.s/a” o “W” en el promedio de rentas autónomas referido en el artículo 24 de la ley 24.241, siempre que su inclusión redunde en una disminución del promedio aludido.
La ley 27.541 fue publicada el 23 de diciembre de 2019, y su entrada en vigencia fue ese mismo día (artículo 87º), con lo cual, únicamente se encontraba devengado el período correspondiente al trimestre julio 2019 - septiembre 2019, cuyo pago se encontraba previsto para el mes de marzo de 2020. Dado que el derecho a percibir el haber reajustado bajo el cálculo de la ley anterior ya había nacido cuando se sancionó la ley 27.541, se declara la inconstitucionalidad del decreto 163/2020 y de la ley 27.541. De esta forma desde el mensual marzo de 2020 deberá abonarse por movilidad correspondiente al periodo julio 2019– septiembre 2019, aquella que arroje la aplicación de la formula prevista por la ley 27.426.
Al solo efecto de que no se proyecten sus efectos de forma indefinida en el, corresponde que los ajustes por movilidad efectuados conforme la ley 27.609 desde el mensual marzo/2021, se hagan sobre los montos de los haberes que le hubieran correspondido a la parte actora de considerarse los ajustes correspondientes al año 2020 según la ley 27.426.
Ante las diferencias constatadas por el trato diferenciado brindado en el tiempo a los beneficiarios según su nivel de ingresos, tal situación ha de ser corregida de modo de preservar la proporcionalidad entre los aportes efectuados en actividad, y los haberes percibidos en pasividad. En función de ello, sumado al reajuste por movilidad legal correspondiente, el haber del actor deberá de ser reajustado mensualmente desde septiembre de 2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado “Bono Extraordinario Previsional”. Para ello deberá aplicarse el porcentaje que representan en el haber mínimo las sumas abonadas en concepto de refuerzos otorgadas mediante decretos




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#SeguridadSocial Normativa ANSES COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP N° 43/25 PAUTAS DE TRABAJO MONOTRIBUTISTAS 15/05/2025

Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que se han detectado casos de inscripciones al Régimen del Monotributo de vieja data con pagos extemporáneos y realizados todos en la misma fecha.  
En virtud de ello y atento a que no es considerada a los efectos previsionales la inscripción retroactiva al Régimen del Monotributo, se hace saber que, ante la presentación de este tipo de casuísticas, deberá requerirse al titular constancia del Sistema Registral de ARCA en la cual surja la fecha de inscripción al Régimen del Monotributo y pruebas de la actividad declarada dentro del periodo que figura en PUC. 
Si se determina que la fecha de inscripción fue realizada retroactivamente, no podrán ser considerados los servicios declarados. 

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#SeguridadSocial #Normativa #Acti 04-01-2021 IDENTIFICACION EN EL SIPA DE TRABAJADORES CON APORTES REALIZADOS BAJO EL REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ''MONOTRIBUTO 30/11/2021

#SeguridadSocial #Normativa #Acti 04-01 IDENTIFICACION EN EL SIPA DE TRABAJADORES CON APORTES REALIZADOS BAJO EL REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ''MONOTRIBUTO 30/11/2021

Se analizan los cambios derivados en el Regimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes "Monotributo" de aportes al SIP, del , como consecuencia de la entrada en vigencia de la Ley 26.565.


Acti-04-01 Identificacion en El Sipa de Trabajadores Con Aportes Realizados Bajo El Regimen Simplificado Pa... by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd






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