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#SeguridadSocial Normativa DECRETO 595/2023 -Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur B.O. 16/11/2023

Se dispone, a partir de la entrada en vigencia del presente, que a los derechohabientes de los Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, beneficiarios de las pensiones instituidas por las Leyes 23.848, 24.652 y 24.892, enunciados en el inc. e) del art. 53 de la Ley 24.241, no les regirá la limitación de edad contemplada en dicho inciso, resultando asimismo indiferente su estado civil a los fines de establecer su condición. A tal fin, y solo a falta de viuda, viudo o conviviente con derecho a ellas y de otros hijos u otras hijas menores o con discapacidad, a partir de los dieciocho años, los hijos y las hijas del causante participarán en la percepción del beneficio de la mencionada Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, de conformidad con el art. 7 del Decreto 1357/2004.



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#SeguridadSocial #pensiones militares, Constitucionalidad, veteranos de guerra #Jurisprudencia #Fallo Albornoz Oscar Ignacio y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ civil y comercial-varios 30/10/2015

#SeguridadSocial #pensiones militares, Constitucionalidad, veteranos de guerra #Jurisprudencia #Fallo  Albornoz Oscar Ignacio y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ civil y comercial-varios 30/10/2015 

SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CORDOBA. CORDOBA, CÓRDOBA, Sala A, Magistrados: Eduardo Avalos - Ignacio Maria Vélez Funes - Graciela S. Montesi

Corresponde revocar la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 24.892 y reconoció a los actores el carácter de veteranos de guerra, y beneficiarios de la pensión vitalicia correspondiente, a pesar de que estuvieron en la ciudad de Río Gallegos y no tuvieron participación activa en combate alguno, pues se advierte que la "Pensión Honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur" sólo puede ser conferida a ex-soldados conscriptos de las fuerzas armadas que hayan estado destinados en el teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982; mientras que los actores fueron destinados a bases continentales para su eventual participación en el conflicto, sin intervención efectiva en las acciones bélicas, encontrándose fuera del ámbito geográfico de aplicación de la ley de acuerdo a lo establecido por las leyes 23.848 y 23.109




Jurisprudencia 2015- Pension Malvinas - Albornoz Oscar Ignacio y Otros c Estado Nacional by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd




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