Mostrando entradas con la etiqueta Ley 24.652. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Ley 24.652. Mostrar todas las entradas

#SeguridadSocial Normativa DECRETO 595/2023 -Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur B.O. 16/11/2023

Se dispone, a partir de la entrada en vigencia del presente, que a los derechohabientes de los Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, beneficiarios de las pensiones instituidas por las Leyes 23.848, 24.652 y 24.892, enunciados en el inc. e) del art. 53 de la Ley 24.241, no les regirá la limitación de edad contemplada en dicho inciso, resultando asimismo indiferente su estado civil a los fines de establecer su condición. A tal fin, y solo a falta de viuda, viudo o conviviente con derecho a ellas y de otros hijos u otras hijas menores o con discapacidad, a partir de los dieciocho años, los hijos y las hijas del causante participarán en la percepción del beneficio de la mencionada Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, de conformidad con el art. 7 del Decreto 1357/2004.



Envíenos su consulta 👉🏼










¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇 

                




#SeguridadSocial #Fuerzas Armadas, veteranos de guerra, pensiones, excombatientes de Malvinas #Jurisprudencia #Dictamen S/N - 2017 - Tomo: 301, Página: 101 Procuración del Tesoro de la Nación (PTN)

#SeguridadSocial #Fuerzas Armadas, veteranos de guerra, pensiones, excombatientes de Malvinas #Jurisprudencia #Dictamen S/N - 2017 - Tomo: 301, Página: 101 Procuración del Tesoro de la Nación (PTN)

DICTAMEN. Procuración del Tesoro de la Nación (PTN), Expediente: if-2017-07629907-APN-PTN, Procurador: CARLOS FRANCISCO BALBIN 28/4/2017

Corresponde admitir la pretensión del interesado a fin de que se le reconozca el carácter de Veterano de Guerra de Malvinas, toda vez que se encuentran reunidos los recaudos exigidos por el artículo 1.° de la Ley N.° 23.848 y sus reglamentaciones. En tal sentido, la prueba rendida, acredita que el peticionante se encontraba en el Teatro de Operaciones Malvinas -TOM- en el lapso previsto por la citada normativa y que cumplía instrucciones de jefes militares que se hallaban en funciones en la zona.

Los regímenes previsionales de excepción, como el previsto en la Ley N.°23.848, deben interpretarse restrictivamente. A los fines de acordar el carácter jurídico de Veterano de Guerra de Malvinas como así también el beneficio previsional que deriva de ese carácter, la referida norma y sus reglamentaciones exigen la concurrencia de tres requisitos: temporal (haber operado en las Islas Malvinas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982), geográfico (haber operado en el Teatro de Operaciones Malvinas -TOM- y/o en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur -TOAS-) y acción (únicamente para el Personal Militar desplegado en el TOAS habiendo ejecutado efectivas operaciones de combate).

El Estado por medio del procedimiento administrativo persigue el conocimiento no de la verdad formal sino de la verdad real, es decir el objeto último es descubrir la verdad objetiva o verdad material.

Es principio ordenador del procedimiento administrativo el de verdad jurídica objetiva, según el cual aquél debe desenvolverse en la búsqueda de la realidad tal cual es y sus circunstancias (v. Dictámenes 265:232).







Id SAIJ: N0301101 




Solicite asesoramiento, en nuestros canales de comunicación: