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#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo Migliorini, Diego Eduardo c/ Galván, Adrián Gabriel y otro s/ despido- Policía federal: haber jubilatorio 16/03/2023

La actora interpuso recurso de apelación contra la resolución que de conformidad con lo normado por el art. 109 LO desestimó el recurso de apelación interpuesto en subsidio. Encontrándose las actuaciones transitando la etapa de ejecución rige en plenitud el principio de irrenunciabilidad contenido en el art. 109 de la LO, sin que se observe la presencia de los supuestos excepcionales allí contemplados, o de otros extremos que permitan la revisión de lo acontecido en esta alzada a tenor de la regla del art. 105, inc. h), del cuerpo legal referido. 
Cabe señalar que lo solicitado por el recurrente no fue una medida cautelar sino un embargo preventivo y que no resulta arbitrario ni irrazonable lo que se resolvió en grado en orden a la improcedencia del embargo solicitado dado que ante la ausencia de una norma específica de inembargabilidad del haber jubilatorio en la ley 21.965, el cual rige la actividad de la Policía Federal Argentina, resulta aplicable de forma supletoria la pauta contenida en tal sentido por el art. 14 inciso c) de la ley 24.241, referida al sistema integrado de jubilaciones y pensiones pues tanto la ley 24.241, referida al sistema integrado de jubilaciones y pensiones, como su antecesora-ley 18.037 de jubilaciones y pensiones para trabajadores en relación de dependencia, incluyeron específicamente a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal dentro de su regulación. En consecuencia se desestima el recurso de queja interpuesto.
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#SeguridadSocial Normativa DECRETO 124/2023B CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Publicada en el BO - 08/01/2024

Se prorroga a partir del 1° de enero de 2024 y por el término de veinticuatro (24) meses, la vigencia del Decreto N° 1292/13, Régimen de compatibilidad limitada a los retirados y jubilados de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.
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DECRETO 124/2023 B

 LA PLATA, 31 de Diciembre de 2023

VISTO el expediente EX-2023-43677490-GDEBA-DDPRYMGEMSGP del Ministerio de Seguridad, mediante el cual se propicia la prórroga de la vigencia del Decreto N° 1292/13, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N°13.236 y modificatorias – Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires – determina, en su artículo 50, que será incompatible la percepción de los haberes de retiro o jubilación con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia estatal, con excepción de los servicios docentes;

Que, asimismo, por el mismo artículo se autoriza al Poder Ejecutivo a establecer, por tiempo determinado y con carácter general, regímenes de compatibilidad limitada con reducción de los haberes previsionales;

Que, conforme la normativa mencionada, por Decreto N° 1292/13 se estableció, a partir del 1º de enero del 2014 -y por el término de veinticuatro (24) meses- el régimen de compatibilidad limitada a los retirados y jubilados comprendidos en lo dispuesto por el mencionado artículo 50 de la Ley Nº 13.236 y sus modificatorias;

Que, asimismo, se facultó al Ministro de Seguridad a fijar el porcentaje en que se reducirá el haber de retiro o jubilación del personal policial que reingrese a la actividad estatal en virtud del régimen de compatibilidad limitada que determine el Poder Ejecutivo;

Que mediante los Decretos N° 157/16, N° 129/18, N° 1791/19 y N° 18/22, se prorrogó la vigencia del mencionado Decreto N°1292/13, hasta el 31 de diciembre de 2023;

Que valorando que la seguridad pública no solamente abarca el fortalecimiento de recursos humanos para satisfacer demandas operativas y preventivas, y existiendo beneficiarios/as del sistema previsional que cuentan con formación y experiencia útil para optimizar aspectos de planificación, técnico funcionales y demás aportes de gestión que coadyuven a la eficacia de acciones estatales en esta materia, resulta conducente prorrogar la vigencia del Decreto N° 1292/13;

Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Subsecretaría de Hacienda, pertenecientes al Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Fiscalía de Estado y la Secretaría General Que la presente encuadra en el artículo 6° de la Ley N° 15.164 y modificatoria y en el Decreto N °11/2020;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 50 de la Ley N° 13.236 y 144 -proemio e inciso 2- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Prorrogar, a partir del 1° de enero de 2024 y por el término de veinticuatro (24) meses, la vigencia del Decreto N° 1292/13, prorrogado por los Decretos N° 157/16, N° 129/18, N° 1791/19 y N° 18/22.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad y de Hacienda y Finanzas a cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Eduardo Javier Alonso, Ministro; Pablo Julio López, a cargo del Despacho; AXEL KICILLOF, Gobernador






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#SeguridadSocial Normativa DECRETO 359/2023 PBA Actualización de los montos y tramos del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/las trabajadores/as de la Administración Publica Provincial y beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías Publicada en el BO -17/03/2023

Actualización de los montos y tramos de ingreso familiar que fijan el acceso a las prestaciones del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/las trabajadores/as de la Administración Publica Provincial y beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías.
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#SeguridadSocial #Normativa #DECRETO 18/2022 Buenos Aires - Régimen de Compatibilidad Limitada a Jubilados y Pensionados de las Policías de la Provincia de Buenos Aires

Prorroga la vigencia del Decreto Nº 1292/13 por el término de 24 meses, a partir del 1 de enero de 2022. Régimen de Compatibilidad Limitada a Jubilados y Pensionados  de las Policías de la Provincia de Buenos Aires comprendidos en el art. 50 de la Ley 13263 Y QUE REIGRESEN A LA ACTIVIDAD ESTATAL, SEGURIDAD PúBLICA. MODIFICA EL DEC. 2382/05.(POLICíAS-REINCORPORACIóN-MARZO 2014).
El ARTICULO 50.- (Texto según Ley 13985) establece que: Será incompatible la percepción de los haberes de retiro o jubilación con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia estatal, con excepción de los servicios docentes. El Poder Ejecutivo, podrá establecer por tiempo determinado y con carácter general, regímenes de compatibilidad limitada con reducción de los haberes previsionales. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el personal policial que fuera pasado a situación de retiro por incapacidad física producida en actos de servicio e ingresara a la actividad estatal, tendrá una reducción en los haberes jubilatorios de un treinta (30) por ciento.

Decreto 18_2022 - PBA- Caja Policia PBA by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd








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